Guía para organizar una huelga

Parar también es un derecho

La huelga es un derecho fundamental. Para que proteja a quien la secunda, tiene que convocarla quien puede hacerlo y comunicarse como manda la ley. Aquí está cómo.

Lo primero

Quién puede convocarla

La decisión siempre es colectiva. Cambia quién la toma y cómo debe quedar escrita.

01

Una trabajadora sola

No puede declararla por su cuenta, pero sí ponerla en marcha: hablar con compañeras y llevar la propuesta al comité o a un sindicato.

02

La plantilla en votación

Si el 25 % de la plantilla del centro lo pide, se vota la huelga. La votación es secreta, gana la mayoría simple y el resultado se recoge en un acta.

03

El comité o las delegadas

Se reúnen conjuntamente y deciden por mayoría. De la reunión se levanta un acta que firman las asistentes.

04

Un sindicato

Puede convocar en una empresa, en varias o en todo el sector. Es la vía para una huelga provincial, por ejemplo durante la negociación del convenio.

S.O.S. Envasadoras no es un sindicato y no convoca huelgas. Lo que sí podemos hacer es ayudar a que la propuesta llegue a quien puede convocarla y a que todas sepan sus derechos.

Según tu papel

Por dónde empezar

Las tres vías llevan al mismo sitio: un acuerdo escrito y una comunicación a la empresa con cinco días de antelación.

Si eres trabajadora

1. Habla con tus compañeras y concretad qué pedís: pocas reivindicaciones, claras y medibles.

2. Si hay comité o delegadas, llévales la propuesta por escrito y pide que convoquen una asamblea.

3. Si no los hay, reunid las firmas de al menos el 25 % de la plantilla del centro para pedir la votación, o acudid a un sindicato.

4. En la votación, urna o sistema secreto, recuento delante de testigos y acta con el resultado.

Si eres representante

1. Convoca la reunión conjunta de todo el comité o de todas las delegadas, con el orden del día por escrito.

2. Vota la declaración de huelga por mayoría y levanta un acta que firmen las asistentes.

3. Elige el comité de huelga y prepara la comunicación a la empresa y a la autoridad laboral.

4. Si la huelga va más allá del centro, coordinaos con el sindicato para que la convocatoria cubra a todas.

Mejor si lo apoya un sindicato aunque convoquéis vosotras. Aporta asesoría jurídica, experiencia en negociar y, a menudo, una caja de resistencia para quien pierda el salario de esos días.

Antes de parar

Avisa por escrito con cinco días

La declaración de huelga se comunica por escrito a la empresa y a la autoridad laboral al menos cinco días naturales antes de empezar. En Almería, la autoridad laboral es la Delegación Territorial de Empleo de la Junta de Andalucía.

5días naturales
  1. 1
    Si la vota la plantilla

    Los cinco días empiezan a contar cuando los representantes comunican a la empresa que se ha celebrado la votación.

  2. 2
    Guarda la prueba

    Entrega dos copias y pide que te sellen una, o usa un medio que deje constancia de la fecha de recepción.

  3. 3
    Servicios públicos

    Si la empresa presta un servicio público, el preaviso es de diez días. No es lo habitual en un almacén.

La comunicación

Cuatro cosas que debe decir

Si falta alguna, la empresa puede alegar que la huelga no se convocó bien.

Qué

Los objetivos

Lo que se reclama, concreto: por ejemplo, la firma del convenio, el pago de horas debidas o un calendario de llamamientos.

Antes

Las gestiones hechas

Reuniones, escritos o mediaciones que se intentaron para resolver el conflicto sin llegar a la huelga.

Cuándo

La fecha de inicio

El día y la hora en que empieza y, si se sabe, su duración o los días concretos de paro.

Quién

El comité de huelga

Nombres de quienes lo forman, hasta doce trabajadoras. Negocia con la empresa y vela por los servicios de seguridad.

Durante la huelga

Lo que te protege

Secundar una huelga legal no puede castigarse.

01

Sin sanción ni despido

Hacer huelga no rompe el contrato ni permite sancionarte. Un despido por secundarla es nulo.

02

Sin sustitutas

La empresa no puede contratar a gente de fuera para cubrir a quien está en huelga. Los tribunales también rechazan mover a otras trabajadoras para ocupar esos puestos.

03

Informar y recaudar

Se puede dar publicidad a la huelga y recoger fondos, siempre de forma pacífica.

04

Respeto a quien trabaja

Los piquetes pueden informar y convencer. Impedir por la fuerza que alguien entre a trabajar puede ser un delito.

Para decidir con información

Lo que cuesta cada día de huelga

Conviene saberlo antes para organizar la caja de resistencia.

A

El salario

No se cobra el sueldo de los días de huelga. La empresa también puede descontar lo que esos días aportan a las pagas extra y a los descansos semanales.

B

La cotización

Sigues de alta en la Seguridad Social, pero esos días no se cotiza. Una huelga corta apenas afecta a la pensión.

C

Paro y baja

Mientras estás en huelga no se cobra prestación por desempleo ni por incapacidad temporal.

Para que no la tumben

Cuándo una huelga es ilegal

Una huelga ilegal deja sin protección a quien la secunda. Estos son los casos que fija la ley.

01

Por motivos ajenos al trabajo

Políticos o de otro tipo, que no tengan que ver con el interés profesional de las trabajadoras afectadas.

02

Para cambiar un convenio vigente

Mientras un convenio está en vigor no se puede ir a la huelga para cambiarlo. Si ya terminó su vigencia y se negocia otro, como ocurre ahora, sí.

03

Sin seguir el procedimiento

Sin acuerdo de quien puede convocar, sin acta o sin el preaviso por escrito.

04

Formas que no son huelga

Ocupar el centro de trabajo, las huelgas rotatorias o la huelga de celo, trabajar despacio a propósito, se consideran abusivas.

Dudas frecuentes

Respuestas rápidas

¿Tengo que decir a la empresa si voy a hacer huelga?

No. La empresa no puede obligarte a anunciar antes si la vas a secundar. Basta con no acudir al trabajo los días convocados.

¿Puedo secundarla si no voté o no estoy afiliada?

Sí. Una huelga convocada correctamente cubre a todas las trabajadoras de su ámbito, hayan votado o no y estén afiliadas o no.

¿Y si soy fija discontinua y estoy en inactividad?

Si no estás trabajando, no hay prestación que dejar de hacer. Por eso el momento importa: una huelga en plena campaña afecta a muchas más personas que una fuera de ella.

¿Y si soy eventual?

Tienes el mismo derecho a hacer huelga que una fija. Si después no te renuevan o no te vuelven a llamar por haber hecho huelga, puede ser una represalia.

¿Qué son los servicios de seguridad?

El comité de huelga debe garantizar lo imprescindible para la seguridad de personas y cosas y para poder reanudar el trabajo después, como evitar que se estropee la mercancía en cámaras. No es lo mismo que los servicios mínimos de los servicios públicos.

¿Podemos convocar una huelga solo de unas horas?

Sí. La huelga puede ser de días, de horas o intermitente, siempre que se comunique así en el preaviso y no se convierta en una de las formas abusivas que prohíbe la ley.

Antes de convocar

Organizarse lleva tiempo

Reivindicaciones claras, mayoría suficiente, acta, preaviso y caja de resistencia. Prepararlo bien es lo que hace que la huelga proteja a quien la secunda.

Fuentes y límites

Información comprobada