Días cotizados
En los últimos seis años, que no hayas gastado en una prestación anterior.
Guía del paro entre campañas
Siendo fija discontinua puedes cobrar el paro durante la inactividad entre campañas. Cuándo pedirlo, qué papeles hacen falta y qué pasa cuando te vuelven a llamar.
La idea clave
El fin de campaña te deja en situación legal de desempleo aunque tu contrato siga vivo. Si lo pides dentro de los 15 días siguientes, cobras desde el primer día. Si lo pides tarde, pierdes los días que pasen.
Paso a paso
Se pide en el SEPE, por internet con certificado digital o Cl@ve, o con cita previa en tu oficina.
Como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, si no lo estás ya.
La empresa debe enviarlo al SEPE. Pide una copia y revisa las fechas y las vacaciones.
Dentro de los 15 días, y firma el acuerdo de actividad que te pedirán.
Te servirá si hay un retraso o un error en la resolución.
Para tener derecho
Las campañas anteriores cuentan: lo que importa son los días cotizados que no hayas usado ya para otro paro.
En los últimos seis años, que no hayas gastado en una prestación anterior.
Desde el día siguiente al fin de la campaña o de las vacaciones pendientes.
Cuantos más días hayas cotizado, más dura: con 360 días cotizados, 120 de paro; con 2.160 o más, el máximo de 720.
Hay que seguir inscrita como demandante y cumplir el acuerdo de actividad mientras cobras.
Cuando vuelve la campaña
El paro no se pierde al volver a trabajar: se para y se puede retomar.
El paro se suspende mientras trabajas y los días que no hayas cobrado se guardan. Al terminar la nueva campaña puedes retomarlo, pidiéndolo de nuevo en 15 días.
Si entre una cosa y otra has vuelto a cotizar lo suficiente, puede tocarte un paro nuevo y en algunos casos elegir el que más te convenga.
Si te llaman y no te reincorporas sin una causa justificada, el SEPE suspende el paro, y la empresa podría entender que dejas el trabajo.
Si no puedes volver por una baja médica u otro motivo, contesta al llamamiento por escrito con el justificante.
Cómo responder a un llamamientoDudas frecuentes
Si llaman a otras personas antes que a ti, puede ser un despido, con 20 días hábiles para reclamar. Sigue cobrando el paro y busca ayuda enseguida.
El paro se suspende mientras trabajas en otro sitio, y se retoma al acabar si el contrato dura menos de doce meses. Comunícalo siempre al SEPE para no tener que devolver dinero.
Una salida de hasta 30 días, una sola vez al año, no corta el paro, pero comunícala al SEPE. Para estar fuera más tiempo, hasta 90 días al año, hay que pedir autorización antes de salir; si no, se suspende.
Sí. El SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social mientras cobras la prestación, lo que cuenta para tu jubilación.
El paro se pausa y pasas a cobrar la prestación por nacimiento. Al terminar, se retoma.
Antes de que acabe la campaña
Revisa tu vida laboral, calcula tus vacaciones pendientes y pide el certificado de empresa por escrito si tarda.
Fuentes y límites
Guía informativa revisada el 29/10/2026. Las cuantías y la duración exactas las decide el SEPE con tus datos. Para tu caso concreto, consulta en el SEPE, el comité o un sindicato.