Convenio colectivo

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Situación actual

El convenio está caducado, pero sigue siendo la referencia

El periodo acordado terminó el 31 de diciembre de 2024. El propio artículo 5 indica que el convenio continúa vigente en su totalidad y se aplica hasta que se firme uno nuevo.

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BOP de Almería n.º 201, 20/10/2021 · Código 04000485011984 · Texto revisado el 26/10/2026

Artículo 32. Legitimación

Estarán legitimados para intervenir en la comisión negociadora del presente Convenio, los sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales que cuenten con un mínimo del 10% de los miembros del Comité o Delegados/as de Personal del ámbito territorial de aplicación de este Convenio y las Asociaciones Empresariales que cuenten con el 10% de las empresas afectadas por el Convenio. La Comisión Negociadora quedará válidamente constituida cuando los Sindicatos, Federaciones o Confederaciones Sindicales y las Asociaciones Empresariales a que se refiere el apartado anterior, representen como mínimo a la mayoría absoluta de los miembros de los Comités de Empresa y Delegados/as de Personal, en su caso y a la mayoría de las empresas afectadas al Convenio.

Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo II. TIEMPO DE TRABAJO

Capítulo III. CONDICIONES ECONÓMICAS

Capítulo IV. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL TRABAJO

Capítulo V. SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL

Capítulo VI. DERECHOS SINDICALES

Capítulo VII. INFRACCIONES Y SANCIONES DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS

Capítulo VIII. SALUD LABORAL

Capítulo IX. COMISIÓN PARITARIA DE VIGILANCIA E INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO

Capítulo X. RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS LABORALES