Artículo 36. Horas sindicales
Los/as Delegados/as de Personal y miembros de los Comités de Empresa, así como los/as Delegados/as Sindicales, podrán acumular las horas sindicales en beneficio de uno o más de ellos, sin límite alguno.
Convenio colectivo
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Situación actual
El periodo acordado terminó el 31 de diciembre de 2024. El propio artículo 5 indica que el convenio continúa vigente en su totalidad y se aplica hasta que se firme uno nuevo.
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BOP de Almería n.º 201, 20/10/2021 · Código 04000485011984 · Texto revisado el 26/10/2026Los/as Delegados/as de Personal y miembros de los Comités de Empresa, así como los/as Delegados/as Sindicales, podrán acumular las horas sindicales en beneficio de uno o más de ellos, sin límite alguno.